martes, 10 de julio de 2007

L.A.N CRUZ DEL TA-TAN



El problema que se ha suscitado entre el candidato de la Alianza Sebastián Piñera y la SVS(Superintendencia de valores y seguros) por la imposición de una sanción en su contra, dista mucho de lo que parte de la opinología política nos ha querido inducir a pensar, señalando que es un juicio político, que es una infracción en la cual han incurrido setecientos empresarios, por lo cual no es sancionable; Nada mas incorrecto, incluso el mismo Senador Novoa (UDI) ha manifestado que esto es un tema técnico y no político, por lo cual la sanción se ajusta derecho, los fundamentos que refuerzan la idea de que esto es un juicio técnico, radican en diversas normas a saber, como por ejemplo; la no utilización de información privilegiada para fines propios, norma legal que es sancionada con multa en caso de trasgresión, para el acertado entendimiento explicare brevemente el corolario de la operación y como se configura el manejo de información privilegiada; Piñera el 24 de Julio del 2006 ingresa a una reunión de directorio de LAN, en donde se aprobaron los estados financieros y se acuerda distribuir utilidades, luego en la misma tarde, la sociedad Santa Cecilia S.A representada por el mismo Piñera, compra acciones de LAN por un valor de 3.280, cada una, teniendo presente que el mercado bursátil todavía no conocía el resultado financiero de LAN, que seria presentado oficialmente el 26 de Julio, en esa fecha y al conocer los estados financieros de la empresa, las acciones de LAN se cerraron a un valor de 3.520 por acción, un 7.3% de diferencia, por lo cual el empresario conociendo la información privilegiada que no estaba disponible para el resto del mercado, compro acciones baratas, sabiendo que al otro día subirían de precio, por el buen resultado financiero de la empresa.
Esta figura es lo que se conoce como utilización de información privilegiada. Respecto al segundo planteamiento, por el se dice que nunca nadie había sido sancionado por esta trasgresión, sustentar ello es desconocer las raíces mismas del Estado de Derecho que explícitamente establece, que la ley una vez publicada se entiende conocida por todos, y se encuentra vigente, salvo que sea derogada, y como esta norma ha estado vigente desde su publicación es total y absolutamente válida, y el argumentar que otros habían incurrido en la falta y no fueron sancionados, no constituye fundamento sólido de defensa, ya que en nuestro derecho la ley no pierde su vigencia por el no uso.
Este tipo de conducta nos obligara a pensar muy bien a quien damos el voto, ya que un presidente multimillonario, manejaría mucha mas información privilegiada, por lo cual su fortuna podría aumentar a costa del empobrecimiento de todos los Chilenos. En otros lugares del mundo, para casos similares se ha creado la figura del Fideicomiso Ciego (John F. Kennedy en EEUU) el problema radica que en Chile, esta figura legal no existe y los parlamentarios de la concertación no legislaran para pavimentarle el camino al empresario a la Moneda, por lo que la dicotomía impresentable entre dinero y política seguirá siendo la cruz del Ta-Tan.